El Colegio de Obstétricas de la Provincia de Buenos Aires da la posibilidad, a través de los Colegios Distritales, de reconocer como Especialistas a sus matriculadas/os que así lo soliciten y cumplan con los requisitos estipulados en el Reglamento de Especialidades.
Se denomina Especialista a la/él Lic. en Obstetricia que luego de un lapso de práctica en la profesión adquirió conocimientos suficientes, el dominio de un tema ó área determinada en un campo específico de la práctica Obstétrica o de aplicación a varias profesiones (ej. Salud Pública) y que se encuentran acreditados fehacientemente.
En este sentido, los Colegios de Distrito del Colegio de Obstétricas son los únicos organismos dentro del territorio de la Provincia de Buenos Aires que pueden reconocer las especialidades y autorizar el uso del título de Especialista.
La/él matriculada/o deberá presentar la solicitud en el Distrito donde se encuentre colegiada acreditando la condición de haber practicado el ejercicio profesional ininterrumpido como mínimo en los últimos cinco años en la especialidad en la que se postula, durante los cuales haya desarrollado sus conocimientos y acumulado antecedentes en su formación.
En cada Distrito se constituirá una Comisión de Especialidades, cuyos miembros evaluarán si la aspirante a la categoría de Especialista reúne las condiciones, los antecedentes y puntajes necesarios.
El Título de Especialista, autorizará y reconocerá la “especialidad” mediante el diploma correspondiente, después de haber obtenido un puntaje de 100 puntos en sus antecedentes o haber rendido la prueba de competencia teórico/práctica.
Quedan exceptuadas/os de esta prueba profesores de Especialidad reconocida por el Consejo Superior del Colegio, o materia afín de la Carrera Licenciatura en Obstetricia de alguna Universidad Nacional o privada; y/o aquéllas Lic. en Obstetricia con 5 (cinco) años de ejercicio profesional ininterrumpido, que posea título de Especialista otorgado por Universidad Nacional o privada.
Obtenida la Autorización del uso del Título de Especialista, la/él profesional se compromete a dedicarse a la Especialidad o Especialidades para las cuales ha acreditado idoneidad.
Actualmente las Especialidades reconocidas son:
- Salud Sexual y Procreación Responsable;
- Preparación Integral para la Maternidad y Puericultura;
- Lactancia Materna;
- Educación y Promoción de la Salud Sexual;
- Adolescencia;
- Obstetricia Legal;
- Auditoría Obstétrica;
- Gestión y Administración de Servicios y Centros de Salud;
- Epidemiología;
- Salud Pública;
- Salud Comunitaria;
- Obstetricia Clínica;
- Metodología de la Investigación Científica
- Perinatología.
Cabe señalar que, en la actualidad, no hay un curso que brinde el título de especialista, sino que para ser especialista se debe formar y capacitar en el área de interés. Sí, por ejemplo, el curso que se gestionó desde el Distrito I – La Plata sobre Preparación Integral para la Maternidad y Puericultura, permitía ser presentado como antecedente para lograr la especialidad, si el profesional contaba con más de 5 años y se encontraba trabajando en la temática, ya que la capacitación tiene 1200 horas y automáticamente brinda los 100 puntos que se necesitan.
Para más información, descargá el Reglamento de Especialidades.