Conocé los requisitos para ser reconocida como Especialista

El Colegio de Obstétricas de la Provincia de Buenos Aires da la posibilidad, a través de los Colegios Distritales, de reconocer como Especialistas a sus colegiadas/os que así lo soliciten y cumplan con los requisitos estipulados en el Reglamento de Especialidades.

Se denomina Especialista a la Lic. en Obstetricia que luego de un lapso de práctica en la profesión adquirió conocimientos especializados suficientes y fehacientemente acreditados.

Los Colegios de Obstétricas Distritales son los únicos organismos dentro del territorio de la Provincia de BsAs que reconocen el ejercicio y autorizan el uso del título de Especialista.

La solicitud deberá ser presentada en el Distrito donde la profesional se encuentre matriculada acreditando la condición de haber practicado el ejercicio profesional ininterrumpido como mínimo en los últimos cinco años en la especialidad en la que se postula, durante los cuales haya desarrollado sus conocimientos y acumulado antecedentes en su formación.

Se autorizará y reconocerá el uso del Título de Especialista, mediante el diploma correspondiente, después de haber rendido la prueba de competencia teórico/práctica.

Quedan exceptuadas/os de esta prueba profesores de Especialidad reconocida por el Consejo Superior del Colegio, o materia afín de la Carrera de Lic. en Obstetricia de alguna Universidad Nacional o privada. Y aquellas Lic. en Obstetricia con 5 (cinco) años de ejercicio profesional ininterrumpido, que posea título de Especialista otorgado por Universidad Nacional o privada.

En cada Colegio de Distrito se constituirá una Comisión de Especialidades, cuyos miembros evaluarán si la aspirante a la categoría de Especialista reúne las condiciones, los antecedentes y puntajes necesarios.

Para más información, descargar el Reglamento de Especialidades AQUÍ

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