La regulación del ejercicio profesional de la obstetricia ya tiene media sanción

Casi por unanimidad, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que regula el ejercicio profesional de la Obstetricia. De esta manera, pretendiendo jerarquizar su trabajo y sus incumbencias, cuando el Senado lo apruebe definitivamente, las obstétricas de todo el país podrán prescribir métodos anticonceptivos, indicar vacunas, laboratorios, y realizar consejería en salud sexual y reproductiva, entre otras tareas.

El texto que acaba de obtener media sanción establece el marco general del ejercicio de la Licenciatura en Obstetricia, basada en los “principios de integridad, ética, bioética, idoneidad, equidad, colaboración y solidaridad, aplicados a la asistencia, acompañamiento y cuidado de las personas usuarias del servicio de salud que atraviesen cualquier evento obstétrico”.

Esta normativa, cuya aprobación resultó de un amplio consenso entre los distintos bloques, viene a modificar la ley 17.132, sancionada en 1967 en plena dictadura militar, que relega a las obstétricas – y a otras profesiones vinculadas a la salud- al rol de colaboradoras en el arte de curar.

Al respecto, la Presidenta del Colegio de Obstétricas de la Provincia de Buenos Aires, Lic. Alicia Cillo, dijo que “hasta ahora, lo único que contemplaba la ley era que las obstétricas podíamos hacer atención del embarazo y atención del parto, pero no contemplaba tareas que nos corresponden de acuerdo a las normas que nos bajan desde el ministerio de Salud, y desde las competencias que tenemos por nuestra formación. No podíamos indicarle lo mínimo a una embarazada, como el hierro o el ácido fólico.

A pesar de que algunas leyes provinciales ampliaron las incumbencias del ejercicio profesional de las obstétricas, lo cierto es que en algunas regiones del país la normativa continua siendo obsoleta. Como ejemplo de esta situación, la Lic. Cillo comentó el caso de las  profesionales de CABA, quienes “ellas tienen el mismo título que nosotras y no pueden indicar ni siquiera un examen de laboratorio. Cruzan el Riachuelo, llegan a provincia de Buenos aires, y ya están habilitadas para realizar un montón de tareas”.

Para la presidenta del colegio de Obstétricas de la Provincia de Buenos Aires esta normativa “era una deuda que se tenía con nuestra profesión y representa  un reconocimiento a nuestro título universitario de grado. Ya es hora de salirnos de la terminología de “parteras”, porque somos Licenciadas en Obstetricia, con una formación que nos habilita a trabajar en la prevención y promoción de la salud sexual y reproductiva”, explicó.

Vale destacar que en la actualidad son 13 las universidades en el país que dictan la Licenciatura en Obstetricia, y que en 2020 se sumará una nueva casa de estudios.  Acerca de la formación permanente y de la profesionalización de las obstétricas, la Lic. Cillo, que a su vez es Directora de la Carrera Licenciatura en Obstetricia de la UCALP y presidente de ACLORA  (Asociación Civil de Licenciaturas en Obstetricia e la República Argentina), dijo que “doy fe que en algunos casos todavía se tiene la idea de que somos las viejas parteras, y que no tenemos conocimiento científico, cuando la carrera de grado tiene 44 materias”.   

La nueva ley viene a solucionar otro conflicto de larga data, ya que contempla la posibilidad de establecer convenios con las obras sociales. “El de las obras sociales es otro gran problema que tenemos, ya que en la actualidad se no cubren los honorarios de las obstétricas. En el ámbito privado las obstétricas están a sueldo en algunas clínicas. En otros lugares, si alguna mujer pretende ser atendida por una obstétrica en particular, tiene que abonar de manera particular porque las obras sociales no cubren las prestaciones”, concluyó la Lic. Cillo.

Accedé al proyecto sancionado aquí.

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